jueves, 26 de febrero de 2015

PARA REFLEXIONAR

FORERISTAS COMPETENTES HACIA LA CALIDAD. 






"RECUERDA SIEMPRE QUE LOS FORERISTAS NOS FORJAMOS GRANDES SUEÑOS, NOS PROPONEMOS GRANDES METAS Y NOS ESFORZAMOS AL MÁXIMO PARA LOGRARLOS" Mirian Consuelo Blanco H. - Rectora



YA LEISTE LOS DIEZ PASOS EN CASO DE UN ACCIDENTE ESCOLAR? SI NO LO HAS HECHO TE RECUERDO QUE ESTÁN CLARAMENTE ESCRITOS EN LA ENTRADA ANTERIOR DE ESTE BLOG.


DIEZ (10) PASOS EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES

ES IMPORTANTE QUE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA SEPA CÓMO ACTUAR EN CASO DE UN ACCIDENTE ESCOLAR, POR ELLO LES INVITO A LEER LOS DIEZ PASOS A SEGUIR CUANDO SE PRESENTA DICHA EVENTUALIDAD:

¿Cómo actuar si nuestros estudiantes sufren accidentes?

El convenio interadministrativo No. 3042 de 2013 de las secretarías de Educación y de Salud, garantiza la atención de cualquier tipo de accidente que sufran los estudiantes dentro o fuera de la institución educativa, durante las 24 horas del día, en los 365 días del año. 
Con este convenio, se ha mantenido amparado al 100% de los estudiantes de la matrícula oficial del Distrito Capital. Además es importante señalar que el Distrito siempre ha atendido todos los casos de estudiantes accidentados, puesto que estos son atendidos por la Red Pública de Salud independientemente del tipo de afiliación que tengan en el Sistema de Seguridad Social en Salud (Régimen Contributivo, Subsidiado o como población vinculada o sin seguridad social.) 
En el marco de este convenio, el Distrito asume el 100% del valor de los pagos compartidos (copagos, cuotas moderadoras y cuotas de recuperación) que puedan resultar del accidente escolar que sufra un estudiante, hasta lograr su completa recuperación. Es relevante precisar que el convenio no es un seguro médico o una póliza de seguro estudiantil, sino que una herramienta complementaria, más no sustitutiva, al Sistema de Seguridad Social en Salud, al cual pertenece cada estudiante. Por esta razón, es muy importante que los maestros y los directivos docentes conozcan el siguiente protocolo que enmarca este convenio, en caso de accidente de los estudiantes:

1. Clasifique y evalúe el accidente de acuerdo con el tipo de urgencia 
2. Si el estudiante no requiere atención en salud se realiza el procedimiento de primeros auxilios en atención básica. 
3. Si el accidente requiere de atención urgente en salud, el primer respondiente o personal capacitado en primeros auxilios presta la primera atención y activa de inmediato la línea 123. En caso que no haya nadie capacitado active de inmediato la línea 123. En esta línea el personal médico le indicará lo que debe de hacer y le impartirá todas las medidas e instrucciones adicionales a seguir, además le confirmará si debe esperar la ambulancia o si autoriza al Colegio para movilizar y transportar a el o la estudiante al centro de salud más cercano. 
4. Se llama al acudiente y/o familiar para que se presenten en el lugar del accidente. 
5.Se le solicita al padre de familia información del régimen de salud al que está afiliado el estudiante. Explíquele al acudiente que de acuerdo con la urgencia presentada y la condición de aseguramiento en salud, el/la estudiante va a ser llevado a un hospital o centro de salud (IPS) pública o privada para garantizarle la atención en salud y su atención complementaria al  sistema de Seguridad Social en Salud al que este afiliado, con cargo al convenio interadministrativo de la SED y SDS. 
6. Si el padre de familia no responde, se acatan las instrucciones de la Línea 123. 
7. A partir de la instrucción de la Línea 123 se dirige al estudiante al Centro de Salud más cercano. El (la) estudiante debe ser atendido(a) sin necesidad de autorización de la SED y/ó SDS en cualquier centro de atención de la red hospitalaria del distrito. 
8. Si el padre de familia y/ò acudiente decide llevarlo a un hospital o centro de salud privado (Institución Prestadora de Salud IPS Privada) a la que está afiliado el/la estudiante accidentado(a), para que atienda la urgencia y tratamiento derivado del accidente, esta institución es la encargada, de realizar el trámite correspondiente para el cobro de por los copagos o gastos complementarios que se generen por el accidente escolar con cargo al convenio interadministrativo. 
9. Diligenciar el acta de notificación del accidente. Por medio de ésta el colegio deja constancia que el acudiente fue informado de las indicaciones a seguir para que el convenio interadministrativo cubra los copagos, periodos mínimos de cotización, cuotas moderadoras y de recuperación derivados de la atención en salud del accidente escolar. 
10. Una vez el colegio atiende el/la estudiante accidentado(a) y entrega la responsabilidad de su cuidado al acudiente o servicio de salud, debe registrar de manera inmediata el caso en el Sistema de Información de Alertas Módulo Accidentalidad Escolar http://app.redp.edu.co/ALERTAS/ingreso/ingreso.jsp 
Para mayor información puede comunicarse con accidentalidadescola@redp.edu.co o al teléfono 3241000 Ext. 3126